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EL GOBIERNO DE ARGENTINA MODIFICÓ PLAZOS Y PENALIDADES DE CONTRATOS DE ENERGÍAS RENOVABLES

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La secretaría de Energía publicó una resolución que modifica una serie de elementos para incentivar a empresas a que terminen sus proyectos de energía limpia. Buscan reactivar los desarrollos que están frenados por diversos motivos y ocupan potencia en las redes.

Buscan darle salida a algunos de los proyectos renovables que tienen contratos vigentes y están frenados. (Foto: archivo Florencia Salto).

El gobierno nacional lanzó una nueva resolución orientada a darle salida a algunos de los proyectos renovables que tienen contratos vigentes y que están frenados hace tiempo por diversas razones. Por esto otorgó un plazo adicional para que los parques alcancen la habilitación comercial y presentó una nueva modalidad de pago de las multas.

La nueva reglamentación se fijó a través de la resolución 742/2021 y tiene incidencia en las Rondas 1, 1.5 y 2 y 19 de los Contratos del Programa RenovAr MiniRen Ronda 3 y de los contratos celebrados en los términos de la Resolución N° 202/16 del ex ministerio de Energía y Minería.

De esta manera el gobierno busca no solo cumplir con las metas de cobertura del consumo de energía eléctrica con energía proveniente de fuentes renovables establecidas en la Ley N° 27.191, sino también atender la saturación actual de las redes de transporte de energía que tienen potencia reservada y no permiten que se avancen con nuevos proyectos.

Multas

El gobierno estableció ahora que el monto de las multas impuestas por Cammesa por incumplimiento de la Fecha Programada de Habilitación Comercial y por el incumplimiento de Abastecimiento de Energía Comprometida será descontado de la suma que le corresponda percibir al Vendedor sancionado en virtud del contrato suscripto, a partir de la Fecha de Habilitación Comercial efectiva, en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Pero además fijó que, dentro de los 10 días hábiles de publicada la resolución o de notificada la sanción correspondiente según el caso, el Vendedor que resulte sancionado podrá optar que el descuento de las multas se realice en hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, aplicándose sobre el saldo una Tasa Efectiva Anual (“TEA”) equivalente a 1,7% nominada en dólares.

Sin embargo, con el objetivo de asegurar el mantenimiento mínimo de la Central de Generación y específicamente a aquellos proyectos que hayan optado por abonar las penalidades en 48 cuotas, el gobierno facultó a Cammesa para que, una vez calculada la penalidad correspondiente, descuente de la remuneración mensual a percibir por el contrato un importe que no exceda el 40% de dicha remuneración por mes. Asimismo, el saldo remanente de la penalidad será abonado en la primera oportunidad, en que el descuento de la penalidad mensual sea menor al 40% de su remuneración mensual.

“En caso de que, superado el número de cuotas previstas para el pago de la penalidad, quedara un saldo remanente sin abonar, este se descontará de acuerdo con la metodología prevista hasta completar el pago total de la penalidad correspondiente en las mismas condiciones financieras. En ningún caso, las cuotas que se determinen podrán superar la vigencia del contrato”, señaló el gobierno en la resolución.

Plazos

Ante el incumplimiento de la Fecha Programada de Habilitación Comercial se otorgará un plazo adicional de 360 días corridos (antes era de 180) para alcanzar la Fecha de Habilitación Comercial. Esto se podrá solicitar si el vendedor logra acreditar haber alcanzado un avance de obra de al menos el 70%, en la oportunidad y con las condiciones que establezca la subsecretaría de Energía Eléctrica, entra otros puntos.

De no alcanzarse la Fecha de Habilitación Comercial en el plazo adicional 360 se podrá rescindir el contrato y ejecutar la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

Por otra parte, se agregó un artículo nuevo que le da la opción a Cammesa de reducir un 70% la multa diaria por cada megavatio de Potencia Contratada a los proyectos que hayan pedido la prórroga de 360 días, durante el transcurso del plazo adicional hasta la Fecha de Habilitación Comercial.

“La solicitud de la opción para acceder al mecanismo reglado deberá ser presentada ante Cammesa en un plazo no mayor a 30 días hábiles a partir de la publicación de la presente o de notificada la sanción correspondiente según el caso”, detalla la resolución.

La Cámara Eólica Argentina estimó en un documento, en el que planteó objetivos y desafíos para el sector renovable, que hay entre 1,5 y 2 GW de proyectos que tienen reserva en las redes y están frenados por algún motivo.

Hace unos meses el gobierno nacional también puso marcha una convocatoria voluntaria para que las empresas dueñas de proyectos renovables que están frenados rescindan sus contratos. Esta iniciativa estuvo enfocada en desactivar a quienes acercaron proyectos con intereses financieros y no para desarrollar proyectos de energía limpia.

POR MATÍAS DEL POZZI

FUENTE: RÍO NEGRO

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